Las palabras del embajador turco en la Argentina, Taner Karakaş en la reciente nota “El genocidio, un delito definido por la ley” en la Nación, ratifican plenamente la política negacionista del país que representa. Nada nuevo aporta Karakaş a los argumentos habitualmente esgrimidos por la diplomacia turca, pero sí llama la atención el desparpajo para decirlo públicamente.
El embajador Karakaş disfruta de la libertad de prensa argentina que muchos ciudadanos en su país no tienen. A pesar de las reiteradas protestas, el art 301 del Código penal turco sigue siendo una herramienta para perseguir y procesar a periodistas, dirigentes sociales y activistas por los DDHH. HrantDink, periodista que fue asesinado por sus valientes posiciones sobre el Genocidio contra los armenios y por la falta de democracia en Turquía, Orhan Pamuk, Ragip Zarakolu, Elif Shafak y muchos otros intelectuales las han padecido. En 2012, en las cárceles turcas junto a cientos de presos por razones políticas, había 49 periodistas.
Quizás el embajador encuentra natural aquello que sucede en su país pero que en otros lugares del mundo cae mal. Mientras en su país los genocidas son recordados como héroes y se los homenajea nombrándolos en calles y escuelas, aquí un Presidente descolgó los cuadros de los genocidas argentinos en el Colegio Militar. Tal vez el Sr. Embajador ignore que en la Argentina existe un proceso histórico en materia de DDHH que desde 1985 y hasta la fecha viene condenando a los responsables de los crímenes de lesa humanidad cometidos en el golpe cívico-militar de 1976 o que existen políticas públicas de Estado inclusivas y antidiscriminatorias. Sus argumentos resuenan con cierta familiaridad en la sociedad argentina cuando menciona a víctimas en ambos bandos o niega la planificación de los actos criminales o sugiere la reconciliación a través de subterfugios que evadan la verdad y la justicia.
También debe saber el Sr. Embajador que en el año 2007 el Presidente Néstor Kirchner promulgó la Ley 26199, votada por unanimidad de los representantes del pueblo y de las provincias argentinas, cuyo artículo 1º dispone: “Declárese el día 24 de Abril de todos los años como “Día de acción por la tolerancia y el respetoentre los pueblos” en conmemoración del genocidio de que fue víctima el pueblo armenio y con el espíritu de que su memoria sea una lección permanente sobre los pasos del presente y las metas de nuestro futuro” y que los Tribunales Federales argentinos condenaron a Turquía por el Genocidio Armenio: “El Estado turco ha cometido el delito de genocidio contra el Pueblo Armenio, en el período comprendido entre los años 1915 y 1923”, en el que fueron asesinadas un millón y medio de personas mediante una “estructurada planificación exterminadora». Quizás el Sr. Karakaş considera que los representantes del pueblo y la justicia argentina fueron arteramente engañados por la “ narrativa” de los armenios y sus descendientes a quienes conocen con sus historias a cuestas desde que llegaron aquí huyendo de las persecuciones.
Evadir la responsabilidad en el Genocidio contra los armenios requiere algo más que chicanas. Extraña que la nota del embajador, una crítica a una nota de Marcos Aguinis sobre la novela “Los 40 días de Musa Dagh” publicada en La Nación el 12 de marzo de 2013 basado en la historia verídica de los armenios que resistieron la aniquilación a diferencia de lo que sucedió en otras regiones, evite referirse a este episodio de la historia. Claro, es la excepción que demuestra la regla.*
Son falaces los argumentos sobre la “rebelión y la traición armenias”. Los archivos del Estado alemán y el Imperio austro-húngaro, aliados de guerra de Turquía, coinciden en que no hubo levantamientos masivos de armenios y que sí hubo acciones de resistencia esporádicos movidos por la desesperación de la carnicería inminente. La asimetría entre el poder de un Estado terrorista y una población estigmatizada y considerada un peligro para la seguridad nacional no resiste explicación. Los líderes armenios arrestados el 24 de abril de 1915 y posteriormente asesinados, no fueron ni acusados ni juzgados por alguna acción o crimen en tiempos de guerra.
También es cínico el argumento de la “reubicación”, un eufemismo para designar a las caravanas de la muerte hacia los desiertos de Siria, por cierto, un lugar excepcional para vivir dignamente, que omite mencionar el embajador Karakaş . No es casual que luego que los gobiernos de Francia, Gran Bretaña y Rusia emitieran una declaración (24/05/1915) donde denunciaron que la matanza de los armenios por parte del gobierno otomano constituía “ crímenes contra la humanidad y la civilización” por los cuales los integrantes de ese gobierno serían tenidos como responsables**, el gabinete turco dictó la Ley Temporaria de Deportación por la cual autorizó a las autoridades militares a ordenar la deportación de grupos de población sospechosos de espionaje, traición o por necesidad militar, cuando “sintieran” un peligro. La Ley de Deportación fue una medida para legitimar lo que ya estaba sucediendo y también para establecer una justificación frente a cualquier acusación post-genocidio bajo la argumentación de la reubicación por razones de seguridad interior. Esta norma abrió las puertas de la deportación masiva de armenios. En forma complementaria, a fines de 1915 se promulgó la Ley Temporaria de Expropiación y Confiscación, que legitimó el pillaje a gran escala, un objetivo no menor del plan genocida.
Otro punto que señala el señor Karakaş es la inexistencia de la frase de Hitler donde se pregunta, previo a la invasión a Polonia, “quién recuerda la aniquilación de los armenios”. Lejos de ser “solamente utilizada por aquellos que quieren influir en audiencias desinformadas”, la frase, y el contexto de las declaraciones en que fue pronunciada, fue objeto de estudios y es citada por numerosos estudiosos del tema. El texto pertenece a Louis P. Lochner y apareció por primera vez en What About Germany? (New York: Dodd, Mead & Co., 1942), pp. 1-4. El tribunal de Nüremberg lo identificó como L-3 o Prueba documental USA-28. Otras dos versiones del documento aparecen en los Apéndices II y III. Si el señor embajador lo desea, puede consultar la versión original en alemán en “Akten zur Deutschen Auswartigen Politik” 1918-1945, Serie D, Band VII, (Baden-Baden, 1956), pp. 171-172.
Ahora bien, las matanzas de armenios fueron un ejemplo utilizado en su época por autores de diversos signos ideológicos, sin vínculos directos con la causa armenia, que permitía graficar tragedias perpetradas por estados que escapaban a las preocupaciones del común de la sociedad europea. Es el caso de Antonio Gramsci, quien el 11 de marzo de 1916 escribiera en El Grito del Pueblo: “(…)cuando vimos que los turcos masacraban a millones de armenios, ¿sentimos el mismo dolor agudo que experimentamos cuando somos testigos del sufrimiento y la agonía, o cuando los alemanes invadieron Bélgica? Es una gran injusticia no ser reconocido”.
En una versión de la teoría de los dos demonios, el Sr. Karakaş, se apiada del sufrimiento y la muerte de armenios y suma a las víctimas de la guerra en un intento de equipararlos con las víctimas de un plan de exterminio masivo. De lo que no se percata Karakaş es de reproducir el mismo argumento racista de los Jóvenes Turcos al considerar a los armenios como “los otros”, cuando eran parte de la sociedad y también del ejército otomano y por ende compartían su suerte. El Sr. Karakaş no miente al aseverar que civiles y militares fueron juzgados y condenados, aunque no por los motivos que declara (daños y maltratos). En 1919, tribunales militares turcos condenaron y sentenciaron a la horca a los máximos líderes del gobierno e hicieron referencia a “la masacre contra los armenios” confirmando que fue “planeada y ejecutada” por los líderes Ittihadistas (Jóvenes Turcos). Los responsables fueron juzgados en ausencia (se había facilitado su escape del país) y los procesos judiciales sustanciados aportaron las mayores pruebas en relación a varios aspectos del delito de genocidio. La ascensión al poder de las fuerzas kemalistas y las disputas entre las fuerzas aliadas ganadoras de la guerra, condenaron al fracaso los juicios de Estambul.
La diplomacia de Turquía, en este caso representada por el Sr. Karakaş , a través de la banalización y la negación de la historia, intenta evadir las responsabilidades que le caben como Estado por el genocidio perpetrado contra el pueblo armenio. El genocidio conlleva consecuencias penales y civiles y origina responsabilidades hacia personas y Estados por la reparación a las víctimas y sus descendientes, con la particularidad de no estar sujetas a la prescripción de la acción judicial. Las obligaciones de Turquía no sólo son hacia el pueblo armenio sino hacia a la comunidad internacional en su conjunto.
Buenos Aires, 3 de mayo de 2013
*“Los 40 días de Musa Dagh” de Franz Werfel fue uno de los libros más leídos durante la resistencia del Gheto de Varsovia frente a la agresión nazi.
** La declaración realizada por la Entente introdujo una nueva doctrina cuando las masacres de armenios fueron definidas como “ crímenes contra la humanidad” mucho antes que Rafael Lemkin definiera su equivalente, “ Genocidio”.